
MinTrabajo sancionó a Expreso Ibagué con millonaria multa por exceso de jornada laboral
La misma empresa había sido sancionada en años anteriores por situaciones similares, lo que incidió en la calificación de la falta como grave dentro del proceso actual.
Conlaverdad.com logró establecer en exclusiva que el Ministerio del Trabajo sancionó a la empresa Expreso Ibagué Ltda por violaciones a la normativa laboral que comprometen directamente las condiciones de trabajo de sus conductores.
La decisión quedó consignada en la Resolución 243 del 15 de abril de 2026, mediante la cual la autoridad laboral impuso una multa de $32.515.350 tras concluir que la empresa incurrió en prácticas contrarias a la ley en materia de jornada laboral y garantías sindicales, debido que los conductores se ven obligados a exceder en los tiempos de trabajo.
La investigación determinó que los conductores superaban el límite máximo permitido para este tipo de actividad, 10 horas diarias y que, en varios casos, las jornadas se extendían hasta 14 y 16 horas. La conclusión se sustentó en testimonios, planillas de despacho y demás documentos analizados durante la actuación administrativa.
El Ministerio fue claro en señalar que no solo cuenta el tiempo efectivo al volante. También hace parte de la jornada el periodo en el que el trabajador permanece a disposición del empleador, incluso si no está conduciendo, lo que refuerza la configuración de la infracción.
A esta conducta se sumó la vulneración del derecho de asociación sindical. El expediente estableció que la empresa no concedió permisos solicitados por directivos sindicales en fechas específicas de marzo de 2024. Para la autoridad, la operación del servicio no justifica la restricción de una garantía laboral protegida por la ley.
Aunque el proceso incluyó un tercer cargo relacionado con un procedimiento disciplinario, este no derivó en sanción, luego de comprobarse que la situación fue subsanada por la empresa durante el trámite.
La multa fue dosificada en función de la gravedad de las conductas: más de 30 millones de pesos por el exceso en la jornada laboral y más de 2,5 millones por la limitación a los permisos sindicales.
El análisis también tuvo en cuenta antecedentes. La misma empresa había sido sancionada en años anteriores por situaciones similares, lo que incidió en la calificación de la falta como grave dentro del proceso actual.
La resolución ya fue notificada y contra ella proceden los recursos de reposición y apelación dentro de los términos legales.



