
20 Días de arresto para Gobernador del Tolima y Alcalde de Ibagué por desacato de Tutela
La sanción también cobija a la Comandante de la Metib, el director de Coiba, del Inpec y Auspec.
El Juzgado Octavo Penal del Circuito, ha impuesto medidas severas contra figuras prominentes de la región. Tanto el gobernador del Tolima Ricardo Orozco Valero, como el alcalde de Ibagué Andrés Fabián Hurtado, se enfrentan a un período de 20 días de arresto y una multa equivalente a 10 salarios mínimos legales vigentes. Esta drástica acción se deriva del incumplimiento de órdenes emitidas en el contexto de una acción de tutela destinada a proteger los derechos de las personas privadas de la libertad en la Permanente Central de Ibagué.
La mencionada acción de tutela, inicialmente emitida en marzo de 2022 y posteriormente modificada en septiembre de 2022, tiene como objetivo principal amparar los derechos de los reclusos en dicho centro penitenciario. A pesar de un proceso constitucional en curso, se argumenta que las órdenes judiciales no han sido cumplidas, y los derechos de los detenidos continúan siendo vulnerados.
La sentencia también afecta a otras figuras influyentes, incluyendo a la coronel Sandra Liliana Rodríguez Castro, comandante de la Policía Metropolitana de Ibagué, y a Andrés Ernesto Díaz Hernández, director de la Unidad De Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), quienes enfrentan un período de arresto de cinco días y una multa de dos salarios mínimos legales vigentes.
En el caso de la coronel Rodríguez Castro, deberá cumplir su arresto en las instalaciones del Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI) de la Fiscalía en Ibagué, mientras que el Director de la Uspec lo llevará a cabo en las instalaciones de la Policía Metropolitana de Bogotá.
Por último, el director Nacional del Inpec, Daniel Fernando Gutiérrez, y el director del Coiba de Picaleña, John Fredy Rojas Sutta, afrontan una pena de 10 días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos legales vigentes. El Director del Coiba cumplirá su arresto en las instalaciones del CTI de la Fiscalía, mientras que el coronel Gutiérrez lo hará en las instalaciones de la Policía Metropolitana de Bogotá.
Es importante destacar que esta decisión judicial se encuentra actualmente en revisión en la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué, lo que podría influir en su modificación o ratificación.
La acción de tutela, en su versión original, concedió el amparo al derecho fundamental a la salud de los reclusos en la Estación de Policía Permanente Central de Ibagué. Además de garantizar la afiliación de los internos a una entidad prestadora de salud (EPS), se ordenó la provisión continua de servicios de salud, así como la entrega de un paquete de artículos de aseo personal y medidas de bioseguridad para los detenidos.
Además, se instó a la Gobernación y la Alcaldía a adaptar espacios adecuados para la población LGBTQ y a habilitar salas virtuales con tecnología necesaria para audiencias judiciales y visitas familiares virtuales.
Finalmente, se ordenó la creación de una mesa permanente de seguimiento y hallazgos, conformada por diversas autoridades locales y nacionales, con el propósito de asegurar la implementación efectiva de estas medidas. Esta mesa deberá rendir informes bimestrales sobre el progreso y los resultados obtenidos en relación con la situación de los reclusos en la Permanente Central de Ibagué.



