
En Colombia la prensa juzga y prejuzga
Sandra Liliana Heredia, ha demostrado ser intachable en la administración de justicia.
Por: Edgar Antonio Valderrama Zabala.
Advertencia: los comentarios aquí expresados son de exclusiva responsabilidad de su autor y en nada compromete a este medio de comunicación.
No es primicia afirmar que la prensa en Colombia atraviesa momentos oscuros, debido a una honda pérdida de credibilidad que se acentuó en los últimos años. Cuando la prensa juzga y enjuicia, se desvía de su propósito primordial, porque su función primordial es informar de manera objetiva y veraz, presentando los hechos para que la ciudadanía forme sus propias conclusiones. Al pronunciar juicios o prejuzgar, la prensa vulnera la presunción de inocencia y manipula la opinión pública, daña reputaciones de forma irreparable y socava la confianza en el sistema judicial.
Esto se ha hecho evidente en el caso del juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, imputado por los delitos de soborno y manipulación de testigos en relación con el senador Iván Cepeda. Un claro ejemplo es la publicación de Semana, que de manera sesgada, a través de la forma en que presenta la información sobre la jueza a cargo del caso, deja en evidencia la presión que ejerce sobre la justicia para inclinar el fallo a favor del acusado, lo que fue replicado en forma escandalosa por otros medios como Caracol. RCN, El Colombino, El Tiempo y el Espectador entre otros. Este comportamiento no solo representa una falta ética, sino que debilita la democracia. Una prensa que juzga antes de tiempo se convierte en juez y parte, usurpando un rol que no le corresponde y que está reservado solamente a las instituciones judiciales. La verdadera labor del periodismo es investigar, indagar, contextualizar y ofrecer matices, sin convertirse en un tribunal paralelo.
Otro es el rol de opinadores o columnistas, por lo regular políticos en ejercicio o retirados, que tienen la libertad de expresar sus ideologías. Sin embargo, en el caso de Uribe Vélez, algunos de ellos han propasado sus funciones, pues sus opiniones han tenido el singular tinte de presionar públicamente a la jueza Heredia. El titular de Semana, «La historia de la jueza que fallará sobre Álvaro Uribe. Su familia en el Tolima es conservadora, pero quienes la conocen aseguran que ella es de izquierda», además de presentar un sesgo periodístico nítido, es el ejemplo para analizar en las facultades de periodismo de lo que no se debe hacer.
Este titular induce al lector a pensar que la sentencia será una decisión política e ignorar las mínimas consideraciones de independencia de la justicia colombiana al calificar a la jueza tolimense Sandra Liliana Heredia como una militante política, en lugar de reconocerla como una persona imparcial cuyas sentencias deben ceñirse rigurosamente al ámbito jurídico y no al político. La información manipulada y dirigida a sembrar sospechas sobre el sentido del fallo que la jueza debía proferir en el caso Uribe, constituye una indebida presión sobre la justicia. Además de esta falta de mínimos éticos en el ejercicio del periodismo, recordemos que la justicia no tiene colores políticos. Quienes la administran son libres de profesar el credo que les parezca, siempre y cuando pongan por encima las normativas que la ley les indica. Ya no estamos en la época, donde el Estado se repartía entre liberales y conservadores; hoy Colombia es diversa y nos pertenece a todos. La ley debe aplicarse para todos y está por encima de cualquier circunstancia, incluso de las presiones indebidas.
La independencia de la justicia en Colombia está consagrada en la Constitución Política de 1991. El artículo 228 establece: «La Administración de Justicia es función pública. Sus decisiones son independientes. Las actuaciones serán públicas y permanentes con las excepciones que establezca la ley y en ellas prevalecerá el derecho sustancial. Los términos procesales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado. Su funcionamiento será desconcentrado y autónomo». Más adelante, el artículo 230 de la misma norma precisa: «Los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley. La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina son criterios auxiliares de la actividad judicial.» Además, la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1996) establece que la administración de justicia es una función pública independiente, cuyas decisiones son definitivas. Esta misma norma estatutaria plasma los mecanismos para garantizar la independencia de los jueces y magistrados en el ejercicio de sus funciones. Más claro no canta un gallo. La jueza Sandra Liliana Heredia, sin importar sus simpatías políticas si las tiene, ha sido, según, investigaciones, una persona intachable en la aplicación de justicia y en el cumplimiento de sus deberes.
Las presiones indebidas y amenazas no deben ser un obstáculo para una persona que actúa amparada en la ley y que cumple su misión de acuerdo con esta. La doctora Sandra Liliana Heredia tiene el respaldo de su conciencia y de un pueblo que no tiene miramientos políticos cuando de aplicar la ley se trata sea quien sea.


