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En graves líos jurídicos, la alcaldesa de Ibagué y su equipo tras el nombramiento exprés del inhabilitado secretario de Salud

En este caso, los vistos buenos provinieron de las Oficinas Jurídica y de Recursos Humanos.

Un nuevo problema judicial tendrá que afrontar la alcaldesa de Ibagué Johana Aranda, junto con el jefe de la Oficina Jurídica Miguel Ángel Aguiar, la secretaria Administrativa Norma Margarita Cifuentes y la Oficina de Recursos Humanos, por el nombramiento exprés de Andrés Ramírez como secretario de Salud.

Expertos en abogados en derecho administrativo consultados por Conlaverdad.com advirtieron que la designación y posterior renuncia de Ramírez, quien pertenece a la Alianza Verde, partido que manifestó su oposición desde el inicio del actual gobierno municipal, configura un caso que encaja de manera directa en las inhabilidades establecidas por el Estatuto de la Oposición, abriendo un escenario disciplinario que involucra no solo al nombrado, sino también a quienes avalaron su posesión.

Los juristas explicaron que el artículo 29 del Estatuto establece una prohibición taxativa: ningún miembro o excandidato de un partido declarado en oposición puede ser designado en cargos con autoridad política o administrativa, como lo es una secretaría. Esta restricción cobija a quienes hayan sido candidatos “elegidos o no” y se mantiene mientras la colectividad conserve su declaratoria de oposición.

A lo anterior se suma, el artículo 56 de la Ley 1952 de 2019, que identifica como falta disciplinaria gravísimaactuar u omitir a pesar de la existencia de causales de inhabilidad”. La norma contempla sanciones como destitución e inhabilidad general entre 10 y 20 años, si se comprueba dolo o culpa gravísima.

Los juristas coincidieron en afirmar que la renuncia no neutraliza la falta. La conducta se configura en el momento mismo de la posesión, y es allí donde se evalúa la responsabilidad tanto del designado como del nominador y de quienes emitieron concepto favorable para permitir el acto administrativo.

En este caso, los vistos buenos provinieron de las Oficinas Jurídica y de Recursos Humanos.

El martes 25 de noviembre, la Oficina de comunicaciones dé la Alcaldía de la cuidad, publicó el comunicado 2.221 anunciando la posesión de Ramírez, destacando su trayectoria profesional. Sin embargo, la incompatibilidad ya estaba prevista en la ley.

Menos de 24 horas después, la mañana del miércoles 26, el exconcejal hizo pública su renuncia mediante un comunicado publicado en sus redes sociales, en el que afirmó haber conocido “extemporáneamente” el impedimento legal que afectaba su designación. Señaló que, frente a la existencia del impedimento, optaba por retirarse de manera inmediata.

Lo cierto es que el nombramiento y renuncia exprés de Ramírez no solo evidencian un error administrativo: activan un procedimiento legal que ahora deberá ser evaluado por los órganos de control, con posibles consecuencias para todas las dependencias involucradas en la designación.

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