Política

Empezó la recta final del juicio que podría dejar a Johana Aranda fuera de la Alcaldía de Ibagué

El núcleo del proceso se centra en la presunta doble militancia de Aranda, quien fue designada como alcaldesa encargada en 2022 por el Partido Conservador y luego aspiró a la Alcaldía como candidata del Centro Democrático.

La alcaldesa de Ibagué, Johana Ximena Aranda, enfrenta una seria controversia legal que podría desembocar en elecciones atípicas para elegir a su sucesor. En el Tribunal Administrativo del Tolima, el abogado José Baruth Tafur Gutiérrez presentó los alegatos finales en un proceso que busca declarar la nulidad de su elección, argumentando presuntas violaciones al régimen de inhabilidades, incompatibilidades y doble militancia.

El núcleo del proceso se centra en la presunta doble militancia de Aranda, quien fue designada como alcaldesa encargada en 2022 por el Partido Conservador y luego aspiró a la Alcaldía como candidata del Centro Democrático. Según Tafur Gutiérrez, la mandataria no cumplió con la obligación de renunciar al partido que la designó, al menos 12 meses antes de inscribirse como candidata, como lo exige la Ley 1475 de 2011.

El abogado sustenta su argumento en un dictamen pericial del CTI de la Fiscalía, que concluye que la investigada  presentó su renuncia al Partido Conservador el 28 de julio de 2022, casi un mes después del plazo establecido, que vencía el 29 de junio de ese año.

Además, señala que su designación como alcaldesa encargada, tras la suspensión del titular Andrés Hurtado, fue producto de una terna presentada por el Partido Conservador al gobernador del Tolima, lo que la obligaba a permanecer vinculada a esa colectividad mientras ostentara el cargo público.

El caso ha puesto de manifiesto las estrictas normas sobre doble militancia en Colombia. Según la Corte Constitucional, quienes ocupan cargos de elección popular o designación política deben pertenecer al partido que los inscribió durante el tiempo que ostenten la investidura. En caso de cambiar de partido, deben renunciar con al menos un año de anticipación a la inscripción como candidatos por otra colectividad.

Tafur cita la Sentencia C-334 de 2014, que establece un “grado de exigencia especial” para evitar que los funcionarios designados o elegidos cambien de partido sin respetar los tiempos estipulados por la ley. Según el jurista, Aranda incumplió esta normativa al haber sido designada como alcaldesa por el Partido Conservador y luego postularse por el Centro Democrático.

De confirmarse las irregularidades, el tribunal podría anular la elección de Johana Aranda, lo que llevaría a la convocatoria de elecciones atípicas en Ibagué. Esto significaría un golpe político no solo para la mandataria, sino también para el partido que la respaldó en su candidatura.

La defensa de Aranda argumenta que su caso no encaja en las causales de doble militancia, insistiendo en que actuó como una ciudadana sin afiliación partidista al momento de la inscripción. Sin embargo, la evidencia presentada por Tafur, que incluye documentación oficial y peritazgos, contradice esta versión.

Este proceso no solo define el futuro político de Ibagué, sino que también podría sentar un precedente sobre cómo se interpretan las leyes de doble militancia en Colombia.

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