Ordenan al IBAL suministrar agua a residentes de Arboleda Campestre en Ibagué
El IBAL tiene un plazo máximo de 48 horas, a partir de la notificación de esta providencia, para iniciar el suministro directo de agua.
El Juzgado Primero Civil de Circuito de Ibagué ha dictaminado que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado IBAL, debe abastecer de manera inmediata el servicio de agua a los habitantes del barrio Arboleda Campestre – Yarumo, luego que los afectados impetraran una acción, con el fin de obligar a la empresa a suministrar constantemente el líquido.
La medida provisional se ha tomado para proteger el derecho fundamental a la vida, integridad física, dignidad humana y salud de los residentes, quienes han enfrentado una crítica carencia de agua potable.
Los copropietarios y habitantes de Arboleda Campestre ~ Yarumo, en la comuna Nueve de la ciudad, han experimentado suministros intermitentes de agua, llevando a la administración del conjunto a proveer solo 2.5 horas diarias de agua potable. La situación ha llegado a un punto crítico, ya que el IBAL, no ha logrado satisfacer la urgente necesidad de agua potable para las 1.300 familias que residen en el lugar.
Ante la ineficiencia manifiesta del IBAL en cumplir con su deber, el juzgado consideró procedente la medida provisional. Para resguardar los derechos de las aproximadamente 1300 familias, se ha ordenado a la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL suministrar 11.375 litros de agua diarios al conjunto residencial Arboleda Campestre ~Yarumo, mientras se resuelve la solicitud de manera sustancial.
La orden es clara: el IBAL tiene un plazo máximo de 48 horas, a partir de la notificación de esta providencia, para iniciar el suministro directo de agua.