Pliego de cargos contra personera de Ibagué por iIrregularidades en su gestión en Melgar
Esta situación plantea serias dudas sobre la conducta de Francy Johana Ardila Salazar, ya que, según otras denuncias, al parece habría cometido irregularidades similares en su cargo actual como personera de Ibagué.
En graves líos está la personera de Ibagué Francy Johana Ardila Salazar. Conlaverdad.com conoció que la Procuraduría General de la Nación, abrió pliego de cargos en contra de la funcionaria, por las presuntas irregularidades ocurridas durante su tiempo en el Ministerio Público, en la localidad de Melgar, desde marzo de 2012 hasta febrero de 2020.
En el amplio documento fechado el 27 de octubre de 2023, obtenido por este medio, se detalló que la Procuraduría decidió emprender esta investigación, tras un informe disciplinario realizado por la Contraloría del Tolima. Entre las acusaciones, se destacó un delicado asunto relacionado con el posible mal manejo de los pagos de viáticos por parte de la entidad.
Quien tiene ad portas de una drástica sanción a la hoy personera de Ibagué es Francisco Valencia, quien solicitó a la Contraloría del departamento investigar a Ardila Salazar, cuando se desempeñó como jefa del Ministerio Público de Melgar.
Luego de la denuncia presentada, el órgano de control fiscal inició una minuciosa auditoría que abarcó las vigencias 2016 a 2019. El resultado, reveló seis hallazgos administrativos, de los cuales dos tienen incidenciadisciplinarias debido a las discrepancias en los soportes de los pagos de viáticos en ese período.
Los hallazgos se describen de la siguiente manera:
4 Hallazgo Administrativo con Incidencia Disciplinaria. Inconsistencias en la Expedición de CDP: Se descubrió que los CDP se emitieron después de la fecha de los días de viáticos, a pesar que se espera que la disponibilidad previa garantice la suficiencia para cubrir los gastos. Este hallazgo plantea interrogantes sobre la validez de estos actos administrativos.
5 Hallazgo Administrativo con Incidencia Disciplinaria – Inobservancia al Decreto 1083 de 2015: Se otorgaron reconocimientos y pagos de viáticos sin los informes correspondientes, lo que va en contra de las regulaciones que exigen que los servidores públicos presenten informes ejecutivos dentro de tres días posteriores a la finalización de la comisión.
Inobservancia a la Ley 594 de 2000 – Ley General de Archivos: Se encontró que se pagaron viáticos sin el cumplido necesario, a pesar de la certificación de la Secretaría de la Personería de Melgar. Además, la ex personera Ardila Salazar presentó informes de viáticos emitidos por otras entidades, sin que estos documentos se encontraran en los archivos de la Personería de Melgar.
Los otros cuatro hallazgos se describen de la siguiente manera:
1 Hallazgo Administrativo – Publicación Incompleta en el SIA OBSERVA: La Personería de Melgar, como entidad sujeta a control fiscal del orden municipal que maneja fondos y bienes del Estado, tenía la obligación de proporcionar informes completos y veraces para su revisión por parte de los órganos de control y la ciudadanía. Sin embargo, se detectó que la entidad no informó los documentos que respaldaban legal, técnica, financiera y contablemente los contratos de las vigencias 2016 al 2019 en las etapas precontractual y contractual.
2 Hallazgo Administrativo – Falencias en las Minutas de los Contratos – Debilidades en la Supervisión de los Contratos: Al revisar los expedientes contractuales de las vigencias 2017, 2018 y 2019, se encontró que en la vigencia 2018, el supervisor del contrato de prestación de servicios profesionales No. 012 no elaboró un informe de supervisión, sino una certificación de satisfacción de los servicios del asesor jurídico, sin evidencia de seguimiento al cumplimiento de las obligaciones del contratista.
3 Hallazgo Administrativo – Deficiencias en la Expedición de Actos Administrativos: Al revisar las resoluciones que modificaron el presupuesto de la Personería de Melgar en las vigencias 2016, 2017, 2018 y 2019, se encontraron deficiencias en la motivación de las mismas, particularmente en los considerandos. La justificación de los traslados presupuestales se basó en una norma que no era aplicable a las entidades del orden territorial, sino a los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación.
6 Hallazgo Administrativo – Inobservancia al Decreto 1083 de 2015: Al examinar el Plan de Acción de la Personería de Melgar para las vigencias 2016-2019, se notó que no incluía objetivos ni metas relacionadas con la Gestión Financiera de la entidad, a pesar de que esto es necesario para cumplir con los principios de eficiencia y eficacia en los procesos contractuales y presupuestales de la entidad, según el artículo 74 de la ley 1474 de 2011.
Esta situación plantea serias dudas sobre la conducta de Francy Johana Ardila Salazar, ya que, según otras denuncias, al parece habría cometido irregularidades similares en su cargo actual como personera de Ibagué.